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Perú: La Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el periodo de violencia 1980-2000

El enfoque humanitario finalmente permitirá a los familiares de las victimas tener respuestas

Publicado: 2017-01-25

Apenas hace unos meses, el 22 de junio del 2016, Ollanta Humala, entonces presidente de la República, promulgó la Ley 30470 de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el período de violencia (1980- 2000) en el Perú. Se especificó que esta ley “tiene por finalidad priorizar el enfoque humanitario durante la búsqueda de las personas desaparecidas”.

¿Qué significa el "enfoque humanitario" que se pretende aplicar a esa nueva ley? Según el artículo 2º de la misma ley, se define el enfoque humanitario como una “atención centrada en el alivio del sufrimiento, la incertidumbre y la necesidad de respuestas de los familiares de las personas desaparecidas”.

Antes que se promulgara esa ley, los familiares de personas desaparecidas en el Perú debían presentar una denuncia penal para que el Estado iniciara una búsqueda. Eso implicaba que si no se conocían los perpetradores del crimen, o si no había elementos suficientes para probar tal crimen, las búsquedas no podían empezar. Por esa razón, el Equipo Forense Especializado (EFE) del Ministerio Público sólo recuperó 3.202 cuerpos entre el 2002 y el 2015, mientras se estima que el conflicto armado interno vivido en el Perú entre los años 1980 y 2000 dejó más de 15.000 desaparecidos. 

La Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas permite dar un cambio en la estrategia de búsqueda. Del enfoque judicial que antes se preconizaba, ahora se aplicará el enfoque humanitario para que, por fin, los familiares puedan dar un entierro digno a sus familiares y también cerrar el periodo de duelo en el que se encuentran, a veces por más de 30 años. Sin embargo, no se pretende dejar de lado la justicia en caso de que se encuentren evidencias. Es importante que los familiares tengan respuestas sobre el paradero de sus seres queridos, porque tienen derecho a la verdad y a la información, que son partes de sus derechos fundamentales, pero también deben iniciarse procesamientos penales cuando haya elementos suficientes. Por lo tanto, si hay elementos suficientes, se deben iniciar procesamientos legales y así evitar la impunidad en el país.

En otros países, ya se había utilizado el enfoque humanitario para la búsqueda de personas desaparecidas. En Chipre, por ejemplo, el Comité sobre las Personas Desaparecidas emprendió iniciativas con un objetivo puramente humanitario, ya que no incorporaban medidas para permitir un proceso judicial. Sin embargo, como no hubo procesos ni condenas aunque se encontraran pruebas suficientes para procesarlas, las investigaciones llevadas a cabo por el Comité han sido consideradas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos como “insuficientes para cumplir los requisitos relativos al derecho a la verdad”.

José Pablo Baraybar, director del Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF), reivindica la necesidad de establecer un “paraguas humanitario” en el caso de la búsqueda de los desaparecidos en el Perú. Baraybar describe el paraguas humanitario como “un mecanismo por el cual se prioriza la recuperación y restitución de los restos mortales a sus familiares, mientras la justicia avanza en sus propios tiempos”. En la actualidad, en la mayoría de los países donde se emprenden iniciativas legislativas para la búsqueda de personas desaparecidas, casi siempre se utiliza la estrategia humanitaria, sin dejar de lado el procesamiento penal en caso de que se encuentren evidencias. Así se permite dar respuestas a los familiares sobre el paradero de sus seres queridos y a la vez proteger la justicia y no dejar los casos impunes.

A parte del cambio de estrategia en la búsqueda de personas desaparecidas, se ha ampliado la definición de lo que es una persona desaparecida. Originalmente, las búsquedas de personas desaparecidas se enfocaban sobre los casos de desapariciones forzadas, que se consideraban como los casos de “privación de libertad de una o más personas cometida por agentes del Estado o por quienes actúen con su autorización, apoyo o tolerancia, así como por particulares o miembros de organizaciones subversivas”.

La reciente ley de búsqueda aprobada en el Perú por el Congreso de la República formula una definición más amplia del término de persona desaparecida. A diferencia de la definición de personas víctimas de desaparición forzada, que sólo considera las personas desaparecidas por agentes del Estados, particulares o miembros de grupos subversivos, la nueva ley sobre personas desaparecidas en el Perú incluye a todas las personas que no están.

La nueva ley sobre Búsqueda de Personas Desaparecidas permite impulsar de manera muy importante la búsqueda de desaparecidos en el Perú. Después de muchos años sin respuestas, da esperanza a los familiares de encontrar a sus seres queridos y saber lo que realmente les ocurrió durante el periodo de violencia 1980-2000. Aún queda mucho por recorrer antes de que haya una verdadera reconciliación en el país, pero esta ley demuestra una clara voluntad por parte del Estado de cumplir con sus obligaciones nacionales e internacionales en favor de las víctimas y de sus familiares.

El camino será largo, pero la recompensa para las familias y la sociedad en general será eterna.


Escrito por

COMISEDH

COMISEDH es una asociación civil sin fines de lucro, con más de 40 años de experiencia en la defensa de los derechos humanos en el Perú.


Publicado en

COMISEDH, Comisión de Derechos Humanos

Espacio de opinión (no necesariamente institucional) de los integrantes, colaboradores y amigos de COMISEDH.