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El control de convencionalidad a cargo de los jueces nacionales

A propósito del indulto humanitario otorgado a Alberto Fujimori

Publicado: 2018-09-20

A raíz de la emisión, en el mes de junio pasado, de la resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en los casos Barrios Altos y La Cantuta, los familiares de las víctimas han presentado un recurso de control de convencionalidad del "indulto humanitario" otorgado a Alberto Fujimori ante la Vocalía Suprema de Instrucción, órgano encargado de la ejecución de la sentencia.

En esta nota damos respuesta a algunas de las interrogantes que surgen, a fin de comprender lo señalado por la Corte IDH y la decisión que deberá tomar en los próximos días el Poder Judicial.

¿En qué consiste la supervisión de cumplimiento de sentencias hecha por la Corte IDH?

Es una facultad dada por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) a la Corte IDH, que consiste en darle seguimiento a sus sentencias, para efectivizar los mandatos ordenados a los Estados que fueron encontrados responsables internacionalmente por violaciones de derechos humanos.

¿Qué decidió la Corte Interamericana en su Resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias de los casos Barrios Altos y La Cantuta emitida en junio del presente año?

La Corte IDH señaló que existe una tendencia regional orientada a prohibir el indulto en casos de graves violaciones de derechos humanos. Y si bien los indultos de carácter humanitario no se encuentran prohibidos, su otorgamiento debe limitarse a cuando sean estrictamente necesarios para asegurar la atención médica del condenado, y deben estar sujetos a una serie de garantías que respeten el derecho de acceso a la justicia de las víctimas y los requisitos jurídicos exigidos por la normativa peruana.

En ese sentido, y dadas las alegaciones respecto de que el indulto no fue otorgado por razones humanitarias sino políticas, la Corte IDH ordenó al Estado peruano pronunciarse respecto de si la gracia presidencial fue otorgada de manera debida y si era necesaria para salvaguardar la vida y salud de Alberto Fujimori, bajo los parámetros señalados en su resolución, a través del control de convencionalidad.

¿Qué es el control de convencionalidad?

El control de convencionalidad tiene origen en la jurisprudencia de la Corte IDH, y se refiere a un mecanismo orientado a analizar la compatibilidad entre la actuación de los órganos de los Estados partes (ejecutivo, judicial, legislativo y administrativo) con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y su jurisprudencia.

¿Por qué los jueces deben realizar el control de convencionalidad?

La Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución de 1993 y el artículo V del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional establecen, en conjunto, que los derechos fundamentales contenidos en la Constitución deben interpretarse de conformidad con los tratados de derechos humanos y la jurisprudencia de los órganos internacionales constituidos a partir de los tratados y de los que el Perú es parte.

Es decir, los jueces están obligados siempre a aplicar las normas internas de forma tal que sean compatibles con las obligaciones internacionales que emanan de la Convención Americana y de las decisiones de la Corte IDH.

¿Por qué se presentó el recurso de control de convencionalidad ante la Vocalía Suprema de Instrucción?

De acuerdo a la Corte Interamericana, todos los jueces y órganos vinculados a la administración de justicia - en todos los niveles - están en la obligación de ejercer el control de convencionalidad, en el marco de sus respectivas funciones. En el caso del indulto humanitario otorgado al condenado Alberto Fujimori, es función de la Vocalía Suprema de Instrucción el control de la ejecución de la sentencia y de todo incidente relativo a la extinción de la pena.


Escrito por

COMISEDH

COMISEDH es una asociación civil sin fines de lucro, con más de 40 años de experiencia en la defensa de los derechos humanos en el Perú.


Publicado en

COMISEDH, Comisión de Derechos Humanos

Espacio de opinión (no necesariamente institucional) de los integrantes, colaboradores y amigos de COMISEDH.