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El suplicio de una Constitución desactualizada

Vizcarra y la 'expropiación' de las clínicas

Publicado: 2020-06-24

Hace algunas semanas redacté un artículo en el cual explicaba el problema que tiene nuestra Constitución Política, específicamente en el capítulo económico, al no permitir al Estado llevar una regulación de los precios en situaciones excepcionales como lo es la actual. Me llegaron varios mensajes de descontento frente a esa opinión pues, la contra-argumentación que recibía se basaba en lo siguiente: que el Estado controle los precios va en contra del libre mercado que rige en el país.  

Sin embargo, lo sucedido hoy día es peor. ¿A qué me refiero? A lo largo del estado de emergencia distintas clínicas privadas a nivel nacional han estado cobrando de 50 mil a 100 mil soles, previo pago como depósito de garantía, para que una persona pueda ser atendida en caso de estar infectada con el nuevo coronavirus. Asimismo, esta cifra sigue incrementándose mientras el paciente se encuentre internado. Ello ha llevado a un debate que se resume en la siguiente pregunta: ¿Se están aprovechando las clínicas de la situación actual para generar mayores ingresos económicos?

A consecuencia de esta alarmante situación, en la cual la vida tiene un precio y son muy pocos quienes pueden pagarlo, el presidente Vizcarra ha decidido dar un ultimátum, otorgando 48 horas a las clínicas para que estas lleguen a un acuerdo con el Estado respecto a los costos por el uso de los servicios de las Unidades de Cuidados Intensivos. Según lo entendido, el Estado estaría negociando los costos para asumirlos a través del Seguro Integral de Salud, SIS.

El presidente se ha tenido que apoyar en el artículo 70° de nuestra Constitución Política. Aquí es donde, en mi opinión, viene el problema. Si nuestra Carta Magna, en su capítulo III, “Del Régimen Económico”, otorgase herramientas para que el Estado pudiese regular los precios que impone el sector privado en casos excepcionales, como en el que nos encontramos ahora, apelando a que, efectivamente, es la persona humana a quien el Estado se debe, Vizcarra podría haber emitido un Decreto de Urgencia para realizar una debida regulación en cuanto a los cobros que las clínicas están realizando. Sin embargo, al estar atado de manos y pies en ese camino, ha optado por invocar el artículo 70°, en el cual se delimita el derecho de expropiación del Estado, basándose, de manera correcta, en los principios de necesidad pública y bien común, así como en el de dignidad humana, según el discurso emitido. Bajo esa línea argumentativa, ha planteado la posibilidad de expropiar las clínicas durante el lapso de tiempo que dure el estado de emergencia.

Si somos conscientes de nuestra historia republicana, no es extraño que muchos se alarmen pues el Estado no ha sido, a lo largo de los años, un buen gestor al momento de expropiar empresas privadas. Asimismo, si bien el artículo 70° es el más adecuado para poder intentar dar solución a este tema, mas no es el mejor, pues como ya lo dije antes, lo mejor sería modificar el régimen económico de la Constitución para que el Ejecutivo tenga más y mejores herramientas en casos específicos.

La Constitución debe de ser dúctil, debe de poder amoldarse a los distintos tiempos y contextos, y la nuestra se ha quedado dormida, convirtiéndose en letra muerta cuando más se le necesita. O, en todo caso, se tiene que poder regular todo aquello que es un servicio público, así este sea llevado a cabo por el sector privado, como lo es la salud.

En conclusión, el Presidente ha tomado una decisión política necesaria, y ello hay que saludarlo. Ha tomado al toro por las astas, buscando y encontrando una solución dentro de un marco normativo bastante desactualizado. Empero, pensando en el futuro, pues esta situación, lamentablemente, no será un episodio aislado, sino algo que puede convertirse en recurrente, el Congreso y el Ejecutivo deben de pensar en modificar el texto constitucional de manera tal que este pueda acoplarse a las situaciones del presente. 

En palabras de Josép Aguiló: La letra de la Constitución, puesta por los muertos, debe de ser interpretada por los vivos de manera tal que siga teniendo sentido. Pero en este caso, se requieren modificaciones para que las interpretaciones puedan seguir teniendo sentido.


Escrito por

COMISEDH

COMISEDH es una asociación civil sin fines de lucro, con más de 40 años de experiencia en la defensa de los derechos humanos en el Perú.


Publicado en

COMISEDH, Comisión de Derechos Humanos

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